El Tribunal Constitucional entiende que no se le puede impedir acceder a la jurisdicción contencioso-administrativa a un administrado por no haber agotado previamente la vía administrativa por faltar en la notificación del acto administrativo la información relativa al sistema de recursos que correspondían frente a dicho acto.
Acceso a la Sentencia:
https://hj.tribunalconstitucional.es/es/Resolucion/Show/26056