El día 5 de febrero se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.
La Disposición final primera de la mencionada norma incluye la modificación del artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP) y viene motivada, según indica el mismo Real Decreto Ley, por resultar urgente y necesaria por razones de seguridad jurídica solucionar los graves problemas técnicos que planteaba el actual artículo 118.3 de la LCSP.
Se suprime la necesidad de justificar en el expediente que el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra de contrato menor.